La mujer es una persona, como tal diferente al hombre en cuanto a su sexo ya que es titular de la maternidad. El derecho de la mujer al ejercicio de su libertad económica puede ser vulnerado desde una perpectiva de inequidad y discrimación, como se verá a continuación. Para lograr lo anterior se partirá de la diferencia de sexo y género, ya que el principio de equidad se encuentra directamente relacionado a dichos conceptos para, posteriormente, adentrarnos en el problema planteado y su solución.
Se diferencia sexo de género, en cuanto el primero es una característica biológica de las personas. “El referente que se ha utilizado para asignar esta identidad se basa principalmente en el tipo de órganos genitales que tiene la persona desde su nacimiento: hombre, mujer o intersexual.”
El género es una construcción sociocultural. “El género es una función, tarea o rol que se estructura social y culturalmente, y se agrega sobre aquella condición biológica de las personas. Es decir, las funciones asignadas culturalmente a la persona en atención a su sexo es lo que se conoce como rol de género.... (consulta el texto completo en la revista digital Alta Dirección Jurídica de febrero, 2017).
* Corredor Público Número 19 de la Plaza del Estado de Jalisco.